Resolución Rectoral N° 02247-2024-UNHEVAL

SE RESUELVE:
1°. INCORPORAR el Artículo 60.A en el REGLAMENTO GENERAL DE ADMISIÓN DE PREGRADO, POSGRADO, SEGUNDAS ESPECIALIDADES PROFESIONALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DE HUÁNUCO, aprobado con la Resolución Consejo Universitario Nº 2348-2023-
UNHEVAL, de fecha 13.JUL.2023, y sus modificatorias; debiendo quedar redactado de la siguiente manera; por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución:
“Art. 60.A El postulante que alcanzó una vacante en el proceso de Selección General 11, deberá recoger la constancia de ingreso obligatoriamente dentro del plazo establecido, según el cronograma de los procesos de admisión, caso contrario pierde la vacante sin derecho a trámite, debido a su anulación en el sistema; consecuentemente, se procede a entregar la constancia de ingreso al postulante que obtuvo puntaje aprobatorio y que no alcanzó vacante y que se encuentra en
posición continua con respecto al último ingresante, en estricto orden de mérito, hasta cubrir las vacantes ofertadas.

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